CSJN – Empresa Pesquera de la Patagonia
En el caso “Empresa Pesquera de la Patagonia”, la CSJN analizó la constitucionalidad de la tasa de verificación de procesos productivos tipificada en el art. 3° de la ley tarifaria de la Provincia de Tierra del Fuego. Si bien reconoce que la tasa en cuestión encuadra prima facie en el concepto de tasa y que dicha Provincia tiene la facultad para exigirla, la CSJN declara su invalidez constitucional porque al establecer la ley tarifaria que la base imponible será el valor FOB de salida que figure en el permiso de embarque cumplido, está instaurando un derecho de exportación antes que una tasa de verificación de servicios cumplidos por la autoridad de aplicación, que en tal carácter no podría ser creado por una provincia sin lesión al sistema federal consagrado en la Constitución porque opera en la práctica como un tributo que grava la exportación (artículo 75, inciso 1° de la Constitución Nacional). Fallo Completo