CSJN – Alcance del Recurso ante el TFN
En el caso “Nidera” la CSJN expresó que el ámbito de discusión plena ante el Tribunal Fiscal sin que pueda exigirse el ingreso del tributo (art. 167 ley 11.683) tiene por única consecuencia inhibir temporalmente el ejercicio de las facultades del organismo recaudador para compeler al pago de la deuda que se ha llevado a conocimiento de aquel tribunal, sin que signifique un obstáculo para que el Fisco determine las obligaciones correspondientes a los períodos fiscales siguientes, aunque al hacerlo -por la propia técnica de liquidación del tributo y la continuidad del giro económico que proyecta su incidencia en más de un ejercicio fiscal- compute compensaciones y saldos favorables establecidos en determinaciones anteriores del tributo que aún no han adquirido firmeza. Leer Fallo