201603.09
0

CNACAF – Litispendencia entre el decaimiento de la exención y la D.O.

En el caso “Rio Uruguay Cooperativa de Seguros Ltda”, habida cuenta de que el acto “no firme” por el cual se excluyó al contribuyente del padrón de entidades exentas en I.G. fue la causa de la determinación de oficio en I.G.M.P.-impugnada-,   la Sala II de la CNACAF dispuso suspender el dictado de la sentencia  respecto del recurso interpuesto ante el TFN contra la determinación de oficio, hasta que se dicte sentencia definitiva en el proceso contencioso administrativo donde se debate el decaimiento de la exención. Leer Fallo