CCA de Tucumán – IIBB sobre actividades no lucrativas
En el caso “Coop. Farmaceutica de Provision y Consumo Alberdi LTDA” se decidió que la Provincia de Tucumán al gravar con el IIBB la actividad de la cooperativa accionante (esencialmente no lucrativa), violenta abiertamente los lineamientos sentados por la Ley 23.548 (habiendo adherido sin limitaciones ni reservas), en tanto que impone a los estados locales la necesidad de ajustar el hecho imponible del IIBB a tales lineamientos, los cuales claramente excluyen la posibilidad de gravar con aquella gabela a las actividades que carezcan de fines de lucro. Leer Fallo