CSJN – Harriet y Donnelly S.A
En el caso “Harriet y Donnelly S.A.” la CSJN hizo lugar a una Medida Cautelar contra la Provincia del Chaco, tendiente a que no se aplique a la actividad de producción primaria que desarrolla la actora en su territorio, una alícuota diferencial del impuesto sobre los ingresos brutos, por no poseer sede central en dicha provincia. La actora alegó que ello importaba una Aduana Interior y la CSJN dijo que “la decisión que se adopta solo producirá, en el caso en que se rechace la demanda, una postergación en la percepción de las diferencias que se generen”. Fallo completo