201506.30
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CSJN – Grainco Pampa S.A.

En el caso “Grainco Pampa SA”,  luego de recordar que el principio de la Realidad Economía es inaplicable cuando lo que se grava es la instrumentación del acto, la  CSJN revocó un ajuste efectuado sobre un grupo de documentos que carecen del recaudo de Autosuficiencia, pues con la sola exhibición de cada uno de aquellos instrumentos resulta imposible tener por aceptada la oferta. Fallo Completo